Reportajes

Los OMV: el nuevo marco normativo de la telefonía móvil



Recientemente ha entrado en vigor la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología CTE/601/2002, de 14 de marzo, que introduce un nuevo tipo de licencia en el marco de los títulos habilitantes para la prestación de servicios de telecomunicaciones. La nueva licencia (de tipo A2) regula la prestación de servicios de telefonía móvil disponible al público por parte de los denominados operadores móviles virtuales (OMV).

En los últimos meses, hemos venido oyendo y conociendo la figura de los OMV. Distintos a los operadores 'tradicionales' en España (Telefónica Móviles, Amena, Vodafone y Xfera -aún en fase de desarrollo-), estos nuevos operadores los podemos definir como aquellos que prestan servicios de telefonía móvil sin acceso propio al espectro radioeléctrico, teniendo que alquilar la red a otros operadores que sí la tienen específicamente asignada. Pero, en cualquier caso, actuarán en el mercado como un operador distinto a los ya existentes, con marca y licencia propia.

Antecedentes

El mercado de la telefonía móvil en España a lo largo del año 2001, y en concreto, la facturación del conjunto de servicios finales prestado por los operadores, había continuado creciendo muy por encima de lo que ya lo había hecho en el 2000. Pero la tasa de crecimiento era inferior a lo esperado y el mercado empezaba a dar muestras de un crecimiento más moderado que comenzaba a ralentizarse. Las cifras de nuevos usuarios hablaban por sí solas: varias veces por debajo de lo alcanzado en el 2000. Asistíamos, por lo tanto, a la llegada a la madurez de un mercado en el que 2 de cada 3 españoles participaba como usuario.

Un pastel a repartir

Todos los mercados tienen sus límites, y el de la telefonía móvil no iba a ser una excepción. España tiene unos niveles de concentración y unos costes de desarrollo de redes superiores a los del resto de Estados Miembros de la Unión Europea. En cuanto a los operadores, es un mercado oligopolístico, con grandes diferencias en las cuotas de mercado entre los operadores existentes.

¿Debía intervenirse ésta situación? En cualquier caso, ha sido óptima la decisión de una baja intervención por parte del gobierno, a la vista de cómo el mercado de la telefonía móvil se ha desarrollado, de sus revisiones y de los resultados obtenidos. Pero cada vez es mayor la incertidumbre provocada por la rápida sucesión de tecnologías que ponían en riesgo las inversiones realizadas, con cortos periodos de amortización de cada una de esas tecnologías implantadas o por las que se apostó. Y no podemos olvidar que se ha realizado una exagerada inversión en equipos y redes que se apoyaban solo en expectativas de servicios y no en una demanda real de éstos. Con un panorama así es necesario reflexionar sobre cuál es el mejor camino a seguir por parte de, no sólo los operadores, sino también de los gobiernos.

Verticalidad del mercado

En España la oferta de servicios es extensa y diversificada. Hoy los operadores prestan idénticos servicios y basan, naturalmente, sus políticas de empresa no ya en conseguir nuevos clientes, sino en mantenerlos.

El mercado de la telefonía móvil es en toda Europa de tipo vertical, siendo uno de sus principales inconvenientes el ser limitador del efecto de la competencia en los precios de los servicios, pero siendo uno de sus puntos fuertes el hecho de que favorece la rentabilidad de las inversiones en red. En estas circunstancias, favorecer la entrada de nuevos operadores, como los OMV, es una gran iniciativa para revisar este modelo de mercado vertical.

Aun con todo, los hechos muestran que no es fácil intervenir un sector como el de la telefonía móvil. La intervención ha de ser mínima (no se necesitó apenas en el pasado) para garantizar una competencia efectiva que perdure, y que en cualquier caso, debe tener como objetivo el lograr resultados beneficiosos para el usuario en cuanto a precios, calidad, cobertura y ofertas.

Los pasos hacia el futuro

Las nuevas tecnologías son claves para el desarrollo de la Sociedad de la Información, y la telefonía móvil es fundamental en su proceso de implantación. Dicho desarrollo ha de tener en cuenta que para los usuarios, en la Sociedad de la Información, es más importante el concepto de comunicación que el de información. Para esto, la telefonía móvil es una herramienta clave, considerando que el grado de uso de Internet está en función de las redes, los terminales, y de su accesibilidad: en España gozamos de un desarrollo de servicios móviles que nada tienen que envidiar a nuestros vecinos comunitarios, si bien es cierto que en otras áreas aún queda mucho por andar.

Por todo esto, el Ministerio de Ciencia y Tecnología trazó unas líneas fundamentales de actuación en materia regulatoria con el objeto de dinamizar el sector introduciendo nuevos competidores, favoreciendo el desarrollo de contenidos y servicios, y para que los operadores pudieran optimizar sus inversiones en sus despliegues de red. Así, la principal medida adoptada es la creación de una figura capaz de prestar servicios móviles sin establecer redes, e independiente de la figura de meros revendedores.

La esperada actividad regulatoria

La Orden que nace el 14 de marzo de 2002, y que crea la licencia (de tipo A2) necesaria para ofrecer los servicios de telefonía móvil a través de redes de otros operadores conducirá a un nivel de competencia análogo al desarrollado en la telefonía fija. Estos OMV, a pesar de no tener el control y explotación de la red de acceso radioeléctrico, tienen capacidad de control y de configuración del terminal del usuario, de operar los registros de control de usuarios y los elementos de conmutación y de transmisión que constituyen la parte troncal de las redes móviles.

Siguiendo el propósito de una intervención regulatoria mínima, bajo la premisa de 'permitir y no obligar', la nueva Orden Ministerial establece la promoción de acuerdos voluntarios entre las partes, consiguiendo así una mayor promoción y generación de valor para el mercado. Es de esperar que la introducción en el mercado de los operadores móviles virtuales a través de la nueva Orden dinamice la competencia, la innovación, y la oferta de nuevas aplicaciones y contenidos.

De entre los derechos de estos operadores móviles virtuales destacan los de obtener numeración, proveer red de acceso a sus abonados, y el derecho de interconexión de la red con la de titulares de redes públicas. Asimismo, podrán emitir sus propias tarjetas y configurarán su oferta hacia los usuarios de forma independiente. Sólo podemos celebrar la creación de este marco normativo, que aportará, sin duda, una mayor seguridad a los operadores.

Alfredo Gómez-Acebo Dennes
Cremades & Calvo-Sotelo

Agosto 2002



 



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